La
pandemia de Covid 19 ha tensado extremadamente los recursos
sanitarios asistenciales, preventivos y administrativos del Sistema
Público de Salud y puesto de manifiesto las graves deficiencias
estructurales del sistema de prevención de riesgos laborales,
externalizado por más del 90 % de las empresas. En este escrito solo
nos referiremos a necesidades específicas en salud laboral asociadas
a la actual pandemia, no al debate sobre las estrategias públicas de
abordaje de la misma.
La
Administración
Desde
el Ministerio de Sanidad como desde el Instituto Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo (Ministerio de Trabajo) se han
realizado aceleradamente esfuerzos en elaboración y publicación de
criterios de actuación en las empresas frente a la pandemia. Ha
habido errores de orientación, algunos corregidos, otros agravados
como el centralismo estéril. Los órganos técnicos de las CCAA de
manera desigual han redactado también numerosos documentos.
Incomprensiblemente
en tiempo de riesgo generalizado como el actual la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social ha desaparecido prácticamente de los
lugares de trabajo. El teletrabajo ha sustituido la observación de
la realidad por la documentación y esta no va a permitir conocer
incumplimientos de muchas de las medidas preventivas establecidas por
las autoridades sanitarias, de obligado cumplimiento, o las leyes
preventivas aplicables.
La
Seguridad Social ha habilitado una nueva prestación económica
similar en cuantía al accidente de trabajo para los diversos
supuestos asociados al covid19 (enfermedad, aislamiento, especial
sensibilidad) tramitada como Incapacidad Temporal por contingencia
común. Con ello se excluye a las mutuas empresariales colaboradoras
con la Seguridad Social del ingente trabajo administrativo de cursar
el parte de baja, confirmación y alta volcando este trabajo en una
Atención Primaria de Salud ya de por sí desbordada por las atareas
asistenciales derivadas de la pandemia.
Ante
el volumen de solicitudes de baja, el Grupo de Trabajo de Salud
Laboral de la Sociedad Española de Médicos General y de Familia ha
reclamado medidas urgentes para tramitar incapacidades temporales. En
Navarra la Inspección Médica, ubicada en el Instituto de Salud
Pública y Laboral, se ha hecho cargo de la tramitación de todas
estas bajas.
Los
Servicios de Prevención
Cuando
tratamos del papel de los Servicios de Prevención de Riesgos
Laborales (SPRL) no incluimos la atención al trabajo autónomo, ni a
las empleadas del hogar, ni a las pequeñas empresas del sector
servicios, ni a los llamados trabajos colaborativos ni por descontado
al trabajo sumergido. Estos colectivos no disponen de cobertura
preventiva alguna.
Los
consejos preventivos a las empresas, copiados de los emanados desde
instancias oficiales, han olvidado la jerarquía preventiva de
abordar los riesgos en origen y con medidas colectivas habiéndose
centrado en resaltar la responsabilidad individual de adquisición
acelerada de hábitos higiénicos, muchas veces sin acceso a los
medios necesarios (agua, jabón, toallas desechables...), el uso
adecuado de Equipos de Protección Individual, en gran medida no
disponibles. La proliferación de señalización (cartelería,
infografía) ha sustituido la necesaria formación teórico-práctica
para la adquisición de nuevos hábitos saludables. Se ha puesto en
un segundo plano el garantizar la ausencia de personas enfermas en
los trabajos, que pasaría por la realización de pruebas
diagnósticas no disponibles, y la reducción de la probabilidad de
exposición al virus garantizando lugares de trabajo seguros con
medidas técnicas (distancias, ventilación, limpieza, mamparas) u
organizativas (teletrabajo, turnos, reducciones horarias...) que
evitaran o redujeran el trabajo presencial. El debate sobre la
carencia de Equipos de Protección Individual vela la falta de
responsabilidad empresarial respecto al incumplimiento del resto de
medidas.
¿Cómo
se ha atendido y vigilado por parte de los SPRL la aplicación de las
recomendaciones emitidas por la autoridad sanitaria y por ellos
mismos en las empresas? Sabemos de la presentación de ERTE para sus
profesionales por algunas de estas entidades. No conocemos de la
presencia de los profesionales de prevención en las empresas en
estas semanas de peligro.
Los
SPRL han sido encargados de identificar e informar, de las y los
trabajadores más vulnerables ante el covid19 cuyas empresas no
garanticen un puesto de trabajo seguro frente al contagio. Se
desconoce la realización de la comprobación in situ de la
imposibilidad de la aplicación de las medidas preventivas y
protectoras adecuadas. En general las empresas, los SPRL y la propia
Administración sanitaria estatal, declaraciones ministeriales
incluidas, han facilitado que las/os trabajadores con determinadas
patologías accedieran a la percepción de la nueva prestación
económica sin valorar la posible adaptación de los puestos de
trabajo.
En
Navarra mediante un Decreto Ley Foral del 15 de abril se ha
encomendado al Servicio de Salud Laboral del Instituto de salud
Pública y Laboral la coordinación ejecutiva de los servicios de
prevención y de los recursos preventivos de las mutuas. Será de
interés estudiar la experiencia.
Los
sindicatos
Más
allá de su oposición a la vuelta al trabajo en estos momentos de
algunas organizaciones, en general sus exigencias pasan por la
defensa de la salud de las plantillas por encima de los intereses de
beneficio empresarial, una apelación a una mayor presencia de las
instituciones en las empresas garantizando unas adecuadas condiciones
de trabajo y allá donde están presentes la demanda de medidas
concretas de prevención y protección. Algunas movilizaciones, al
menos en Euskal Herria, donde los gobiernos han estado especialmente
activos en la representación de los intereses patronales, forzaron
la paralización de grandes industrias (Mihelín, CAF, Volkswagen,
Sidenor...).
Algunas
primeras conclusiones
Primera.
La necesidad de la actividad preventiva en las empresas ha adquirido
el carácter de actividad estratégica. No es aceptable ni quizás
posible a medio/largo plazo mantener la competitividad de las
empresas con plantillas expuestas a importantes riesgos para su salud
como el actual.
Segunda.
Las empresas deben dejar de ser cotos en los que la Administración
Sanitaria mantenga su renuncia a actuar. Por un lado la
administración sanitaria deberá habilitar recursos preventivos para
atender la prevención de riesgos laborales de la población
abandonada a su suerte, y también hacer los cambios legales
oportunos para poder entrar en las empresas a conocer los riesgos y
activar soluciones preventivas. No se trata de inspeccionar para
sancionar. Se trata de obligar a prevenir.
Tercera.
Las mutuas han sido las grandes ausentes en la activación frente a
la pandemia ni preventivamente, ni administrativamente, ni
asistencialmente han tenido papel relevante alguno. En Navarra
primeramente se incluyeron sus recursos entre aquellos a utilizar
asistencialmente. El control de sus escasos recursos preventivos
quizás sea la oportunidad para la integración de las mutuas en un
sistema sanitario público que decida abandonar su desidia preventiva
hacia colectivos más débiles (Trabajo autónomo, trabajo
colaborativo, empleadas de hogar, empresas de menor tamaño...)
Iñaki
Moreno Sueskun,
Nafarroako
Osasun Plataforma /Plataforma Navarra de Salud
(1)
Publicado
en la revista “Viento Sur” el 17/04/2020
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